Política Criminal Fallida. El Caso de Colombia y las cárceles

La economía Colombiana como muchas de las economías Latinoamericanas en la década de los 90's se encontraba con retos hacia la "Apertura y Modernización" y a su vez fortalecer su Mercado interior, esto forzó a la Industria manufacturera y a la agricultura a una mayor competencia internacional. Lo cual significó un sacrificio al final del Mercado interno con una pobre a relativa participación en los mercados Internacionales, donde los más favorecidos son los países ricos que imponen medidas a la apertura. De hecho para Colombia la última década del siglo pasado fue la peor en crecimiento económico en comparación con las cuatro anteriores. (Restrepo, s.f. p146-152)

Colombia ha sufrido en ese mismo lapso de tiempo una “reforma” de códigos penitenciarios que no distan mucho uno del otro si se compara el Código de 1964 con el Código de 1993 simplemente lo que hace es agregar más penas y más delitos.
A finales de los 90 el parte del Fiscal General dice buscar una política criminal coherente.  El problema radica en que el proyecto reconoce la existencia una crisis carcelaria,  pero no la abarca desde una perspectiva integral, sino más bien al contrario,  a pesar de que su intención en sus objetivos era garantizar los derechos humanos y la reforma del régimen penitenciario acorde a la Constitución. A la hora que es presentado al legislativo no sólo  lo limita  Sino que más bien se deleita en quitar derechos como el de la integridad personal,  el derecho a no ser torturado, Y otros derechos son violentados como el de las mujeres niños y familia. (Facultad de Derecho, 2011, p10)

Al iniciar el presente siglo Colombia no solo se encuentra en uno de sus peores momentos económicos sino también atravesando cambios a nivel social por medio de la búsqueda de un cambio en la política criminal, veremos más adelante los efectos de este intento. En una primera instancia parecía que Colombia daba un gran paso al pasar del sistema inquisitivo al sistema penal acusatorio en el 2002. La implementación de este sistema buscaba hacer más eficaz el sistema penal ( aunque esto significara mayor capacidad para perseguir y sancionar en resumen). También buscaba el cambio en el Sistema penal a uno más garantista buscando la protección de la libertad Y la creación del Sistema Nacional de Defensa Pública. Y por último buscaba una atención real a la víctima. Con estas disposiciones se pretendía integrar un Sistema de Justicia Retributiva. (Facultad de Derecho, 2011, p3) Inclusive se le tenía gran fe a la ley 599 del año 2000 que parecía resaltar en las protección de la dignidad humana.

Ahora ya en el función el sistema penal acusatorio ha tenido varios problemas graves. El primer problema significativo ha sido su falta de eficacia, del 2000 al 2009 se estima que le 90% de las noticias criminales aun continúan en investigación. En el 2006 se eliminó la rebaja de penas para ciertos delitos y el aumento de penas para otros. Significando esto más personas en la cárcel. Colombia ha tenido una tendencia de política criminal que se ha dedicado a aumentar penas a y crear nuevas infracciones penales. Muchos académicos saben seguir aumentando las penas no es la solución y más bien son causantes del hacinamiento en las cárceles del país.

Los gobernantes tienen la tendencia de aceptar que la gente pide mano dura y muchas veces esto tiende a la modificación de la ley en materia penal, en su forma más evidente esto no es otra cosa que populismo punitivo. Del 2000 al 2011 En total se agregaron 47 tipos nuevos de delitos así como penas más fuertes para los ya creados. Si a este fenómeno le añadimos la figura preventiva sólo para arrojar una cifra más cercana a nuestra década en el 2012 habían 117.000 personas recluidas en cárceles de las cuales 41000 estaban detenidos de manera preventiva. (Pouchard 2015)

Otro problema significativo del sistema acusatorio ha sido el uso de la Ley 1142 de 2007 (Ley de Convivencia y Seguridad Ciudadana) misma estableció cuatro medidas que restringen el principio de libertad en el sistema penal. En primer lugar, estableció que a los delitos con penas mínimas de 4 años se les puede aplicar la privación de la libertad como medida de aseguramiento).Además se aumentaron las penas para 14 delitos, y en 12 de éstos, las penas mínimas alcanzaron el umbral de 4 años, por lo que se posibilitó la aplicación de la detención preventiva para tales delitos. Además el parágrafo del artículo 27 de la Ley 1142, estableció una larga lista de delitos a los que no se les puede aplicar la detención domiciliaria en lugar de detención en un centro de reclusión. Finalmente, la ley excluyó la posibilidad de conceder beneficios y subrogados penales a quienes hayan sido condenados por delitos dolosos o preterintencionales dentro de los cinco años anteriores. (Ibídem 2015)

Colombia se ha convertido en un productor del hacinamiento de recursos reclusos viven en condiciones que no garantizan los derechos fundamentales básicos.

Ahora el problema no es solamente hacinamiento carcelario. Para el 2015 cifras de la agencia Nacional de defensa jurídica del Estado actualmente del Colombia enfrenta 18.565 procesos judiciales sólo por privación injusta la libertad. Esas demandas podría costarle la nación casi 22.9 billones de pesos colombianos lo que podría implicar un inmenso problema fiscal

Si se quería que generar confianza del ordenamiento se ha obtenido todo lo contrario. Un ejemplo de esto es la desigualdad frente a las penas: se privilegia a grandes de criminales que tienen mucho como favorecer a las autoridades como decimos popularmente “cantando” otros grandes criminales o crímenes. Estos grandes criminales terminan pagando tengas muy pequeñas comparados con sus delitos. Y por el otro lado el “pequeño criminal” que nada o muy poco tiene que cantar termina descontando penas muy largas. (Pouchard, 2015)

La prevención y la lucha contra la criminalidad no debe basarse exclusivamente en el sistema penal la delincuencia tiene mucha relación con las condiciones desigualdad discriminación y exclusión. En síntesis Colombia Colombia se ha dejado la persecución del fin resocializador de la pena, las cárceles son simple centros de reclusión de internos que no reciben educación, ni entrenamiento laboral competitivo, ni ningún tipo formación en valores y reglas sociales. Por lo tanto es muy poco probable que el Estado colombiano logre la resocialización de cada día más creciente número de reclusos porque carece de recursos económicos técnicos y humanos para alcanzar este fin.

Creo que en el imaginario social el colombiano desea una sociedad sin crimen, pacífica y con oportunidades para todos, Sin embargo la tendencia promedio ha sido la de ver problema del delito con una solución un poco burda: los que hacen mal deben ser castigados y con la máxima severidad (Campos, 294)
Las políticas de prevención en el modelo clásico proponen castigos severos con el fin de intimidar y “prevenir” y en el neoclásico más centrado en el individuo que entendiendo las ilegalidades intentará alejarse de ellas (Ibídem, p283) por lo menos eso es lo que se intenta en la teoría. El problema que veo en estos modelos es que no son integrales y se basan solamente en la ilegalidad y su pena sin tomar en cuenta otros factores que son determinantes para poder entender los fenómenos de la violencia. Estos métodos están basados en el miedo mismo que ya de por sí como nombraba en la introducción es alimentado día con día por medio de los medios de “desinformación”. El responsable final por supuesto que es el autor del delito. Pero el asunto no es tan sencillo, si lo fuera con el simple hecho de castigar al culpable Colombia entonces tendría decrecimiento en los actos punibles pero lastimosamente la realidad de las últimas tres décadas es otra.

La política criminal debe ser una política pública estructurada de prevención y lucha contra la criminalidad que contenga principios y reglas que a su vez  permitan el “desgaste “del derecho penal en búsqueda de soluciones que podrían lograrse por otros medios además del punitivo. Por ello indispensable que al lado de las medias respuesta política penal se establezcan otras estrategias y acciones dirigidas a eliminar los factores de criminalidad que mejorar las condiciones de vida de quienes están más expuestos a las situaciones desfavorables.

Es importante abandonar la idea de que el delito se combate esencialmente con el incremento de penas. La política criminal debe generar instancias adecuadas para que el Estado pueda implementar tratamientos del delito desde perspectivas diversas al derecho penal, por esta razón, se deben estructurar instituciones con expertos de otras disciplinas quienes encargarán de diseñar tales respuestas con el fin de promover una política criminal integral.

 Para que la política criminal pueda desarrollarse adecuadamente y proporcionar los efectos buscados es importante que su diseño implementación se establezcan en efectiva coordinación entre las diferentes entidades e instituciones que deben intervenir en varios aspectos: la prevención, reacción, investigación, procesamiento y sanción de la criminalidad. También se necesita una revaloración de ejecución y endurecimiento de las penas sobretodo en la búsqueda de aplicación de medidas no penales como la conciliación y la despenalización de ciertas actos.  Algunos que hasta ridículos parecen. Solo para dar un ejemplo  imaginemos: un mes de cárcel por dar gritos,  abandonar el lecho durante la noche,  no ir al trabajo o una actitud insolente frente un guardia (Gaitán 2000 p8).
El Derecho Penal debería velar por que la legislación sea suficiente para cumplir con los principios que le informan y la política criminal que la permea y a la vez ser el ente con la potestad punitiva, generadora de penas, medidas o correcciones ante el delito. El garantismo penal y otras formas de soluciones alternas pueden fortalecer el estado de Derecho y busca soluciones que no solo sean penales.
Parafraseando a Foucault. Es increíble que desde hace 150 años que la proclamación del fracaso de la cárcel siempre haya estado acompañado de su mantenimiento. Y lastimosamente esta es una realidad que marca casi toda Latinoamérica.
Esta tabla nos muestra que la situación Latinoamérica es similar en muchos países exceptuando los últimos de la lista.



Referencias:

- Campos, Armando, (2004) Violencia Social 1era Edición EUNED_ILANUD 2014

- Facultad de Derecho, (2011) COMENTARIOS SOBRE LA POLÍTICA CRIMINAL EN COLOMBIA Relatoría de Prisiones, Universidad de los Andes.

- Gaitán, O. (2000). Análisis de la situación carcelaria en Colombia. Centro de Investigaciones Sociojurídicas (CIJUS: Bogotá. Recuperado de: https://did.uniandes.edu.co/images/documents/publicaciones/estudios-ocasionales/12.%20analisis%20de%20la%20situacion%20carcelaria.pdf

- Restrepo, O. (2000) CRECE LA VIGILANCIA PIRATA Recuperado de: http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-1280938

- Pouchard, D. (2015) POLITICA CRIMINAL EN COLOMBIA. Sociología del Conflicto y Elemento Criminal: Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=lH4iKrvw18Y


- Restrepo R (s.f) LA ECONOMíA COLOMBIANA EN LA DÉCADA DE LOS NOVENTA: DILEMA ENTRE EL MERCADO INTERNO Y EL MERCADO INTERNACIONAL Recuperado de: http://www.bdigital.unal.edu.co/5589/1/ramirorestrepouribe.20011.pdf


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